Si tu prepaga u obra social te niega una cobertura, podés reclamarla mediante un amparo de salud.

La salud es un tema delicado, y lo sabemos. Por eso, te acompañamos con experiencia y cercanía en cada paso del reclamo. Escribinos por WhatsApp o completá el formulario.

Reclamos que atendemos

Analizamos tu situación y, si corresponde reclamar, redactamos la carta documento y, de ser necesario, la demanda de amparo. Te acompañamos en cada paso, con explicaciones claras sobre lo que va pasando.

Internación geriátrica y asistencia domiciliaria

Si tu obra social o prepaga se niega a cubrir los costos de internación en un geriátrico o a reintegrar los gastos de un cuidador domiciliario, tenés derecho a reclamar su cobertura. En estos casos, la cobertura suele hacerse efectiva mediante reintegro mensual: vos pagás, y luego presentás la factura y el comprobante, y la obra social o prepaga te reintegra el dinero en el plazo que fija el juez (entre 10 y 15 días).

Aumento de cuota

Los aumentos por la desregulación de las prepagas a raíz del DNU 70/23 y los aumentos por variación de rango etario tienen límites legales, y las prepagas no siempre los respetan.

Medicación, tratamientos y otras prestaciones

Medicación de alto costo, tratamientos médicos negados, prótesis, prestaciones de discapacidad, bajas de afiliación, y otras prestaciones que tu cobertura debería darte y no da.

Cómo trabajamos

  1. Contanos con qué prestación estás teniendo problemas. Ya sea que te dijeron que no, que te piden documentación una y otra vez, o que simplemente no te responden: contanos qué estás tratando de lograr y qué gestiones ya hiciste. A partir de ahí vemos juntos qué documentación hace falta.
  2. Revisamos tu caso. Analizamos si hay un reclamo posible y por qué vía corresponde. Te explicamos con claridad qué encuadre legal tiene tu situación, y armamos juntos la estrategia a seguir.
  3. Si hace falta, vamos a la Justicia. Cuando el reclamo requiere judicializarse, pedimos una medida cautelar para que la cobertura empiece cuanto antes, sin que tengas que esperar el desarrollo del juicio ni la sentencia definitiva. Por lo general, la cautelar se resuelve entre uno y dos meses.
  4. Te mantenemos al tanto. Periódicamente te contamos las novedades del caso.

Por qué elegir Salutia Abogados

Especialización exclusiva

Nos dedicamos exclusivamente a reclamos extrajudiciales, amparos de salud y medidas cautelares contra obras sociales y prepagas.

Seguimiento etapa por etapa

Te mantenemos al tanto de las novedades de tu causa durante todo el proceso.

CABA y Provincia de Buenos Aires

Atendemos casos en ambas jurisdicciones.

Sin costos ocultos

La consulta no tiene costo, y los honorarios se abonan recién cuando la cobertura ya está operativa.

Casos de éxito

Cuidados domiciliarios 24 horas

Una afiliada con discapacidad necesitaba asistencia domiciliaria permanente, medicación y kinesiología. La prepaga ofrecía solo 8 horas, argumentando que el resto era una necesidad "social y familiar" y no médica.

La Cámara Federal Civil y Comercial rechazó ese planteo y ordenó brindar la cobertura pedida a través de reintegros mensuales, con tope hasta el módulo "Hogar Permanente con Centro de Día — Categoría A" (Res. 428/99 del Ministerio de Salud), con un 35% adicional por dependencia. Ese módulo, actualizado a septiembre de 2026, representa un valor de referencia de $4.423.679,89. El monto final de cada caso depende de sus circunstancias particulares y del juzgado interviniente.

Internación geriátrica con demencia severa

Una afiliada de 82 años con Alzheimer severo necesitaba continuar internada en la residencia geriátrica donde residía. La prepaga negaba la cobertura alegando que se trataba de una institución fuera de cartilla y de una prestación ajena al PMO.

La Cámara confirmó la cautelar, sosteniendo que los trámites administrativos de la prepaga no pueden anteponerse a la salud del paciente, y equiparó la prestación al mismo módulo "Hogar Permanente Categoría A" con el adicional por dependencia, con un valor de referencia de $4.423.679,89 a septiembre de 2026. Dicha suma se percibe mediante reintegro todos los meses, y se actualiza periódicamente conforme la variación del Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad.

Aumento de cuota y DNU 70/23

Una afiliada de Hospital Italiano fue dada de baja por no poder afrontar los aumentos aplicados tras el DNU 70/23. En primera instancia, el juzgado rechazó tanto la medida cautelar como el amparo de fondo, en la misma resolución.

Se apeló el fallo, y la Sala I revocó la sentencia declarando la inconstitucionalidad de los artículos del DNU que habilitaban esos aumentos, ordenó la reincorporación sin penalidades y dispuso que todo aumento futuro debe estar autorizado por la Superintendencia de Servicios de Salud.

Baja de afiliación por supuesta preexistencia no declarada

Seis meses después de afiliar a su grupo familiar, un padre pidió autorizar un estudio del sueño para su hijo de 4 años. La prepaga revisó los antecedentes y dio de baja a toda la familia, alegando que un control auditivo de rutina a los 3 años era una enfermedad preexistente no declarada, y que por lo tanto se había falseado la declaración jurada al contratar el servicio.

El caso tuvo idas y vueltas. La cautelar ordenó la reincorporación inmediata, pero luego, al momento de dictar sentencia, se rechazó el amparo. La Cámara Federal de San Martín revirtió esa decisión de forma definitiva, con el argumento de que una derivación médica no es un diagnóstico, y que nadie está obligado a declarar como preexistencia algo que ni siquiera fue diagnosticado. Se ordenó reintegrar al grupo familiar y mantener la cobertura contratada, sin cotizar adicionales por preexistencias ni períodos de carencia.

Medicación de alto costo (alopecia areata)

Una afiliada con alopecia areata universal necesitaba Baricitinib, una droga que en septiembre de 2026 cuesta $5.295.504 por caja mensual. La prepaga ofrecía cubrir solo el 70%, invocando el PMO para patologías crónicas.

La Justicia confirmó la cobertura al 100%, sosteniendo que el PMO es un piso mínimo y no un techo, y que la Ley de Enfermedades Poco Frecuentes exige tutela integral. Los informes médicos y psicológicos sobre el impacto de la enfermedad fueron centrales para probar la urgencia del reclamo.

Otros logros

Estudios genéticosLogramos la cobertura del 100% de un panel genético para detección de cáncer hereditario.
PreexistenciasLogramos la reincorporación de un grupo familiar sin cobro de valor diferencial por una supuesta preexistencia no probada.
ReafiliaciónLogramos la reincorporación a la obra social tras una baja por demora administrativa.
PrótesisLogramos la cobertura integral de una prótesis importada de cadera, una prótesis de amputación con silla de ruedas, y un implante coclear importado.
Alimentación especialLogramos la cobertura de leche de fórmula más allá de los topes de edad que fija el reglamento.
Continuidad tras la jubilaciónLogramos mantener las mismas condiciones de cobertura después de jubilarse.
Internación geriátrica (PAMI)Logramos la cobertura de la residencia y de la medicación prescripta.

Dudas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Qué necesito para iniciar un amparo de salud?

Por lo general, vamos a necesitar documentación médica: resumen de historia clínica, estudios y certificados médicos que tengan relación con la prestación reclamada.

¿Necesito agotar el reclamo ante la obra social antes de iniciar el amparo?

No existe una instancia administrativa obligatoria previa a la interposición del amparo, aunque algunos juzgados exigen haber solicitado la cobertura de forma fehaciente antes de iniciar la acción.

¿Cuánto demora un amparo de salud?

La medida cautelar, que permite empezar a recibir la prestación mientras tramita el juicio, suele resolverse en 1 a 2 meses. La sentencia definitiva puede demorar entre 2 y 3 años.

¿El amparo aplica también si tengo PAMI o IOMA?

Sí, el amparo de salud aplica a obras sociales, prepagas, PAMI e IOMA.

¿Qué pasa si la obra social apela la medida cautelar?

Si la demandada apela, no se suspenden los efectos de lo resuelto en primera instancia mientras la Cámara resuelve. La cobertura debe mantenerse durante ese período.

¿Y si la prepaga no me dijo que no, solo no me responde o pide documentación una y otra vez?

El silencio o la demora injustificada también habilita el reclamo. No hace falta una negativa expresa por escrito.

¿Cómo se cobra la cobertura una vez que se obtiene?

Depende del caso. En general, se instrumenta mediante reintegro: vos pagás, presentás la factura y el comprobante, y te reintegran en el plazo que fija el juez.

¿Cuánto cuesta la consulta y cuánto cobran de honorarios?

La consulta no tiene costo. Los honorarios se abonan una vez obtenida la medida cautelar, cuando la cobertura ya está operativa.

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